por Christie Slatcher, 2 de febrero de 2023 (fuente: CAAnet)
La Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles decide de nuevo prorrogar la moratoria de desahucios del condado sesenta días más, hasta el 31 de marzo de 2023.
El condado hace uso de sus poderes de emergencia para prorrogar la moratoria. Aunque la moratoria de desahucios de la ciudad de Los Ángeles finalizó el31 de enero de este año, seguirá sujeta a las normas de moratoria del condado durante dos meses más. La buena noticia es que la Junta también votó a favor de proporcionar hasta 45 millones de dólares en ayudas al alquiler para ayudar a aquellos que todavía están en deuda como resultado de Covid-19. Aún no se han revelado los detalles sobre cómo y cuándo se distribuirán los fondos.
A continuación se resumen algunos componentes clave de la moratoria de desahucios del condado de Los Ángeles:
Restricciones por falta de pago: prohíbe el desahucio por falta de pago del alquiler u otros gastos si el importe vence después del 1 de julio de 2022 y se cumplen todas las restricciones siguientes:
- La incapacidad del residente para pagar el alquiler y/o los gastos relacionados se debe a repercusiones financieras relacionadas con Covid-19, el estado de emergencia en relación con Covid-19 o las precauciones recomendadas por el gobierno en relación con Covid-19;
- El residente debe tener una renta familiar igual o inferior al 80% de la renta media de la zona; y
- El residente debe notificar al arrendador tanto su falta de derecho a percibir ingresos como su dificultad económica en un plazo de siete días a partir del vencimiento del alquiler, a menos que existan circunstancias atenuantes.
Sin embargo, el residente tiene la carga de probar la base de su defensa afirmativa, incluida su incapacidad para pagar y su derecho a percibir ingresos.
Protecciones contra el desalojo sin culpa: prohíbe los desalojos por motivos "sin culpa", salvo los necesarios por razones de salud y seguridad y para la mudanza del propietario, con ciertas condiciones.
Desalojos permitidos por traslado del propietario: permite que los residentes de tríplex, dúplex, condominios o viviendas unifamiliares sean desplazados por un propietario o familiar cualificado que tenga previsto ocupar la vivienda. El propietario o familiar también debe residir en la unidad durante 36 meses o más y mudarse en un plazo de 60 días después de que el inquilino abandone la propiedad. Además, el inquilino desplazado deberá abonar unos cuantiosos gastos de reubicación, que oscilan entre 7.000 y 21.000 dólares, si avisa antes de que finalice la moratoria.
Protecciones contra el desalojo por culpa: permite la mayoría de los desalojos por culpa (desalojos basados en algo que el residente haya hecho mal) excepto en caso de quejas por molestias o por mantener un animal de compañía u ocupante no autorizado que esté presente por motivos relacionados con la pandemia de Covid. También prohíbe el desalojo por denegación de entrada.
Para más detalles sobre las restricciones de la moratoria, pulse aquí para consultar el documento de referencia de CAANET.